Adiscagua

Entidad declarada de interés público.

Recientemente el Ministerio del Interior nos ha declarado entidad declarada de utilidad pública. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Pero ¿Qué quiere decir esto? Según el Consejo General de la Abogacía Española, es lo siguiente:

Beneficios fiscales: Permite acogerse al régimen especial de la Ley de Mecenazgo, lo que se traduce en exenciones en ciertos impuestos (como el de Sociedades o el IBI) y la posibilidad de que los donantes obtengan mayores deducciones fiscales en sus declaraciones.

Ayudas y subvenciones: Prioridad en el acceso a subvenciones públicas y convenios con las administraciones. Entre otras ventajas.

Todo es fruto de varios años de trabajo, por parte de esta asociación, pues ha llevado a realizar proyectos, contabilidad, y reunir ciertos requisitos.

Ante este acontecimiento, estamos muy contentos de obtener esta declaración, que sin duda beneficiara a nuestro colectivo, así como a las personas que realicen donaciones, pues las mismas desgravarán en el próximo ejercicio de la declaración de la renta.

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